El Juzgado de Instrucción de San Juan de la Maguana, en la región sur de la República Dominicana, ha dictado un fallo crucial en el caso del beisbolista dominicano Wander Franco.
El juez Ángel Valentín resolvió un "no ha lugar", lo que significa que no se encontraron pruebas suficientes para llevar al deportista a juicio por la acusación de porte ilegal de arma de fuego.
Detalles del arresto y la acusación
Franco fue detenido el 10 de noviembre de 2024 en San Juan de la Maguana después de un altercado en un estacionamiento. Durante el incidente, las autoridades encontraron una pistola Glock 19, junto con su cargador y 15 cartuchos, en el vehículo que conducía. El arma, según los registros, estaba a nombre de Branly Fernando Lugo Rodríguez, tío del jugador.
La Fiscalía presentó formalmente ante el tribunal del suroeste la acusación por porte ilegal, sosteniendo que había elementos probatorios para proceder con un juicio.
¿Qué señalaba la acusación?
Se le imputaba la violación del artículo 67 de la Ley 631-16, que regula el uso y tenencia de armas. La normativa prevé una pena de tres a cinco años de prisión, así como el decomiso del arma y multas correspondientes, informó Meridiano.
A pesar de la acusación, el juez Ángel Valentín determinó que las pruebas presentadas no eran lo suficientemente contundentes para justificar la apertura de un juicio.
Por esta razón, dictó el "no ha lugar", concluyendo que el proceso penal no avanzará a la siguiente etapa. La decisión exime a Franco de enfrentar un proceso judicial en este caso particular.
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