En el debate migratorio actual de Estados Unidos, la deportación es una de las herramientas más visibles y controvertidas del gobierno federal.
Sin embargo, no todas las deportaciones son iguales: existen al menos cuatro modalidades distintas, cada una con características y consecuencias propias.
Bajo la administración de Donald Trump, estas categorías han sido aplicadas de forma más amplia, según explicó el diario El País, afectando a miles de inmigrantes con o sin antecedentes penales.
1. Deportación ordinaria o remoción formal
Es la forma más común. Aplica a personas que permanecen en Estados Unidos sin documentos o que han violado los términos de su visa.
Estas personas son citadas ante una corte de inmigración, donde un juez evalúa si deben ser expulsadas del país.
En caso afirmativo, la orden de deportación queda registrada y puede afectar futuras solicitudes de visa o reingreso al país.
2. Expulsión expedita
Esta modalidad permite al gobierno deportar rápidamente a ciertos inmigrantes sin necesidad de juicio, salvo que el detenido pida asilo.
Suele aplicarse a quienes son arrestados a menos de 160 kilómetros de la frontera o dentro de los 14 días posteriores a su ingreso irregular, aunque el gobierno de Trump amplió ese plazo hasta dos años.
Según el abogado Emilio García, este proceso puede acarrear sanciones de hasta cinco años sin poder regresar legalmente a Estados Unidos.
3. Retorno
En este caso, el inmigrante acepta regresar a su país de origen voluntariamente, sin intervención judicial y sin pasar por el sistema formal de deportación.
Es común entre quienes son detenidos cerca de la frontera y se van antes de iniciar un proceso legal. Aunque se percibe como más simple, también deja un registro que puede perjudicar futuros intentos de ingreso.
4. Autodeportación o salida voluntaria
Este tipo de deportación no forzada permite al inmigrante salir por su cuenta antes o después de una audiencia migratoria, evitando así las consecuencias legales más severas.
Si se solicita antes de una decisión final del juez, no se requiere fianza. Si es después, implica una fianza mínima de 500 dólares y demostrar solvencia para costear el viaje.
Esta opción está limitada a ciertos perfiles y requiere aceptación formal de que se está en el país sin estatus legal.
En conjunto, estas cuatro vías reflejan la complejidad del sistema migratorio estadounidense y sus distintas herramientas para hacer cumplir la ley.
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