Elecciones regionales y parlamentarias: conozca cuáles acciones son consideradas como delito durante el proceso votación

Se considera como delito electoral cualquier acto u omisión que afecte el buen funcionamiento del proceso de elecciones

Domingo, 25 de mayo de 2025 a las 11:09 am
Elecciones regionales y parlamentarias: conozca cuáles acciones son consideradas como delito durante el proceso votación

Todos los venezolanos mayores de edad tienen el derecho a ejercer el voto en las elecciones parlamentarias y regionales que se realizan este 25 de mayo. Sin embargo, los votantes deben conocer qué tipo de actos o conductas pueden considerarse como un delito electoral.

Se considera como delito electoral cualquier acto u omisión que afecte el buen funcionamiento del proceso de elecciones, al vulnerar las leyes y principios establecidos para garantizar la transparencia y la legitimidad durante la votación.

De acuerdo con un informe de Televen, algunos de los delitos electorales que acarrean sanciones por parte de las autoridades son:

  • Proporcionar una identidad o datos falsos al Consejo Nacional Electoral en el momento de la inscripción.
  • La prohibición del acceso a la votación por parte de un funcionario a cualquier elector.
  • Si algún ciudadano se niega a desempeñar las funciones para las cuales fue designado durante el día de la votación, también se considerará como un delito.
  • Realizar la votación en dos oportunidades.
  • Obligar a algún ciudadano a votar.
  • Fotografiar el acto electoral.

Estos actos pueden derivar en sanciones que van desde 15 de hasta 50 unidades tributarias o su equivalente en días de arresto.

  • Afectar el desarrollo del proceso al causar la avería de una máquina de votación.
  • Asistir con armas a los centros de votación.
  • Abstenerse de participar en el acto de instalación tras ser designado como miembro de mesa.

Estos pueden ser sancionados con 20 unidades tributarias o su equivalente en días de arresto.

En cuanto a los medios de comunicación, estas acciones están prohibidas:

  • Difundir resultados antes de que se conozca el primer boletín.
  • Omitir la transmisión de propaganda electoral, o realizar la difusión de la misma durante las 48 horas previas a los comicios.

De incurrir en estos actos, los medios podrían recibir sanciones de entre 5.000 y 7.000 unidades tributarias.

Por otro lado, actos y conductas como la destrucción de un comprobante de voto emitido por la máquina de votación, o cualquier otro material electoral, como lo es el listado; así como la falsificación de las actas electorales y la violencia durante el proceso, serán sancionados.

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