Estados Unidos anuncia cambio para solicitantes de visas: sepa desde cuándo limitarán ciertas exenciones

La exención de la entrevista para la visa permite que solicitantes elegibles no tengan que acudir presencialmente ante el cónsul 

 

Sabado, 02 de agosto de 2025 a las 12:02 pm
EEUU limita exención para la entrevista de la visa
(Freepik)

Se ha dado a conocer que Estados Unidos (EEUU) limitará la exención en cierto proceso de solicitud de las visas que rige actualmente.

Estamos hablando de una limitación para la exención de la entrevista, como lo dio a conocer el Departamento de Estado (DOS).

Esto significa que, solicitantes que antes no necesitaban acudir a la entrevista con el funcionario consular tendrán ahora que presentarse ante la autoridad para completar su solicitud, como lo reseña el portal de El Tiempo.

Recordemos que, en el proceso de solicitud de la visa, uno de los pasos más sensibles es el de la entrevista, ya que, siendo el último filtro, un mal desempeño en esta puede echar por tierra todos los esfuerzos anteriores.

Tenga presente que, los cambios aquí anunciados para la exención de la entrevista de la visa regirán desde el 2 de septiembre de 2025, en las distintas embajadas o consulados de EEUU.

Personas que desde ahora deberán realizar su entrevista

Se debe recordar que la exención de la entrevista para la visa había permitido que ciertos solicitantes elegibles no tuvieran que acudir presencialmente ante el cónsul para explicarle los motivos de su pedido.

Un ejemplo de estas exenciones es que no era necesario que niños y adultos mayores fueran entrevistados, por lo que su trámite terminaba generalmente en lo virtual, y no tenían que acudir a las embajadas de EEUU.

El anuncio ha sido el siguiente:

"Todos los solicitantes de visa de no inmigrante, incluyendo los menores de 14 años y mayores de 79, generalmente requerirán una entrevista presencial con un funcionario consular", indica la entidad.

¿Ahora quiénes estarán exentos?

Solo estarán exentos de la entrevista para la visa:

  • "Solicitantes de visa A-1, A-2, C-3 (excepto asistentes, sirvientes o empleados personales de funcionarios acreditados), G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a NATO-6, o TECRO E-1.
  • Solicitantes de visas de tipo diplomático u oficial. 
  • Solicitantes que renueven una visa B-1, B-2, B1/B2 de validez completa o una tarjeta/permiso de cruce fronterizo (para ciudadanos mexicanos) dentro de los 12 meses posteriores al vencimiento de la visa anterior, y que tuvieran al menos 18 años de edad al momento de la emisión de la visa anterior".

Sin embargo, hay que tener en cuenta que, estos últimos pueden disfrutar siempre y cuando:

  • Presenten su solicitud en su país de nacionalidad o residencia.
  • Que nunca se les ha negado una visa (a menos que dicha negación haya sido superada o condonada).
  • No tener ninguna inelegibilidad aparente o potencial.

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