Cuando alguien firma una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Formulario I-864), está asumiendo un compromiso legal serio y vinculante con el gobierno de los Estados Unidos para ofrecer apoyo financiero a un familiar o a otra persona que busca la residencia permanente.
No se trata solo de un trámite, sino de un contrato que establece una obligación clara con consecuencias que pueden durar mucho tiempo.
Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), esta responsabilidad ayuda a proteger a los contribuyentes estadounidenses, asegurando que los inmigrantes no se conviertan en una carga pública.
¿Qué es una Declaración Jurada de Patrocinio Económico?
“Una Declaración Jurada de Patrocinio Económico es un contrato legalmente vinculante y la responsabilidad del patrocinador generalmente permanece en efecto hasta que el familiar u otra persona se convierte en ciudadano estadounidense, o hasta que pueda ser acreditado con 40 trimestres de trabajo (usualmente 10 años)”, explica la página web de USCIS.
¿Qué implica el compromiso financiero?
La obligación de un patrocinador es mantener al inmigrante patrocinado en un nivel de ingreso equivalente o superior al 125% de las Guías Federales de Pobreza para el tamaño del grupo familiar del patrocinador.
Esto significa que si el inmigrante, por alguna razón, recibe beneficios públicos basados en recursos económicos, el patrocinador está obligado a reembolsar el costo total a la agencia que los proporcionó.
USCIS subraya que esta es una responsabilidad que el patrocinador debe tomar con la mayor seriedad.
¿Cuándo finaliza la responsabilidad financiera tras firmar una Declaración jurada de Patrocinio Económico?
Es un error común pensar que esta obligación se disuelve con un divorcio o poco después de que el inmigrante recibe su tarjeta de residente permanente (Green Card). Pero, en realidad, esto es solo un mito. La responsabilidad del patrocinador suele extenderse mucho más allá y solo se extingue bajo condiciones muy específicas. La obligación puede finalizar cuando el inmigrante:
- Se convierte en ciudadano estadounidense.
- Ha trabajado o acumulado 40 trimestres de trabajo que están cubiertos por la Ley del Seguro Social, lo que equivale a unos 10 años.
- Deja de ser residente permanente y se marcha de los Estados Unidos.
- Fallece.
Es fundamental comprender que un divorcio no elimina esta obligación legal. Si un patrocinador se separa de su cónyuge inmigrante, su responsabilidad de apoyo financiero sigue en pie.
¿Cómo se presenta una Declaración Jurada de Patrocinio Económico?
La presentación del Formulario I-864 requiere que se reúnan cuidadosamente documentos de respaldo que respalden la información que se ha proporcionado. El USCIS pide específicamente:
Prueba de Estatus: Una copia del pasaporte estadounidense, un certificado de nacimiento, o ambos lados de la Tarjeta de Residente Permanente del patrocinador.
Prueba de Ingresos: Es necesario incluir una copia de la declaración de impuestos federales más reciente (Formulario 1040), así como los Formularios W-2 y 1099 correspondientes.
Los patrocinadores también pueden añadir recibos de pago recientes o una carta de empleo para fortalecer su caso.
Uso de Activos: Si un patrocinador decide utilizar sus activos (como cuentas de ahorro o propiedades) para cumplir con el requisito de ingresos, debe presentar evidencia de la propiedad y su valor.
Una vez que el patrocinador ha completado y firmado el Formulario I-864 y ha reunido toda la documentación de respaldo, no debe enviarlo directamente a USCIS. En su lugar, el patrocinador entrega el paquete completo al inmigrante.
La forma en que se presenta el paquete depende del tipo de proceso de inmigración:
- Para la tramitación consular: El inmigrante presenta el Formulario I-864 y sus documentos de apoyo al Centro Nacional de Visas (NVC) o al oficial consular durante su entrevista para la visa en el extranjero.
- Para el ajuste de estatus: El inmigrante presenta el Formulario I-864 junto con su Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus (Formulario I-485) ante la oficina de USCIS correspondiente.
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