Panamá continúa ajustando sus políticas migratorias con el objetivo de mantener un control más riguroso sobre la población extranjera en el país.
El Servicio Nacional de Migración anunció, mediante un comunicado de prensa, un nuevo cambio en el reglamento que afecta directamente a los residentes.
Esta medida incluye la implementación de multas por ciertas irregularidades migratorias.
Refuerzo de políticas migratorias
Este nuevo reglamento, que busca una mayor adherencia a las normativas vigentes, establece que aquellos residentes que incurran en ciertas faltas administrativas deberán afrontar sanciones económicas.
"Por no informar el cambio de residencia o variaciones en la información que suministró en el Registro de Extranjería (Artículos 37 y 38 del Decreto de Ley)", informó el Servicio Nacional de Migración.
A su vez, explicó que la medida está contemplada en el Decreto Ejecutivo N° 380 del 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto de Ley No. 3 del 22 de febrero de 2008, en la sección de Infracciones y Sanciones Administrativas Migratorias.
¿Cuáles son las multas por incumplimiento?
En caso de no cumplir con lo establecido, el residente deberá pagar una multa de B/100.00 por ser la primera vez.
A la segunda falta, se le cancelará el estatus migratorio. Y la tercera conlleva directamente a la deportación.
El comunicado también expresa que la medida es de carácter obligatorio y entra en vigencia a partir de la fecha de hoy.
Se espera que en los próximos días el Servicio Nacional de Migración realice jornadas informativas para aclarar todas las dudas que puedan surgir entre la población residente sobre estas nuevas disposiciones.
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